Tribunal de la UE:
El cambio de religión tras la huida no constituye un abuso del asilo
En el caso de un iraní que huyó a Austria y goza de protección subsidiaria, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictado una sentencia sin precedentes. El hombre se había convertido al cristianismo después de huir y alegó en su solicitud de asilo, que fue rechazada, que sería perseguido a causa de su fe si regresaba. Sin embargo, el TJCE no lo considera un "abuso" del derecho de asilo.
La primera solicitud del hombre había sido rechazada por las autoridades austriacas. En el segundo intento ("solicitud de seguimiento"), el hombre alegó que entretanto se había convertido al cristianismo y temía ser perseguido en Irán por ello. Las autoridades le concedieron entonces protección subsidiaria y un permiso de residencia temporal, según la declaración del TJCE. Había demostrado de forma creíble que se había convertido al cristianismo por "convicción interior" y que "practicaba activamente" la religión. Por tanto, corría riesgo de ser perseguido en Irán.
Una nueva solicitud con nuevas circunstancias no es un "abuso" generalizado
Sin embargo, no se le reconoció la condición de refugiado, ya que el motivo de la persecución (su fe cristiana) aún no existía cuando el hombre aún vivía en Irán. El TJUE discrepa: el Derecho de la UE no permite concluir de forma generalizada "que toda solicitud posterior basada en circunstancias creadas por el propio solicitante tras abandonar el país de origen se deba a una intención de abusar e instrumentalizar el procedimiento de concesión de protección internacional", según los jueces europeos.
Cada caso debe evaluarse individualmente. Si la persona puede demostrar de forma creíble que ha cambiado de religión por "convicción íntima" y se cumplen los "requisitos para obtener la condición de refugiado", "debe reconocérsele también el estatuto de refugiado". El Tribunal Administrativo de Viena debe ahora tener en cuenta esta sentencia en su resolución.







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